Se dictó resolución mediante la cual se declaró Improcedente en derecho la solicitud realizada en fecha 25 de noviembre de 2011, por la ciudadana LIVIA MARLENY OMAÑA RAMIREZ, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana LESBIA MARIA VARGAS GARCIA, en la cual requiere pronunciamiento referente al pago de las costas procesal condenadas el día 5 de agosto de 2014. Asimismo, se hizo del conocimiento de las partes, en especial de la parte demandada, que las acciones de carácter penal, deben ser planteadas por quien se vea afectado, por ante los organismos competente (Ministerio Público, Órgano Policial Competente y/o el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio), cuando consideren que se le está transgrediendo algún derecho. Por último, hizo del conocimiento de las partes que el presente juicio se encuentra en suspendido hasta tanto no quede definitivamente firme la sentencia interlocutoria del día 12 de agosto de 2013.