Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos ISMAEL ANTONIO RENGIFO MUÑOZ y LUZ ESTRELLA CORDERO RODRIGUEZ, antes identificados, contraído el 22 de abril de 1982, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín del Municipio Libertador del Distrito Capital. Así se decide.-