Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 18 de mayo de 2011, por el abogado FRANCISCO CUMANÁ SILVA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 11 de mayo de 2011. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la acción opuesta por la parte codemandada C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCS. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano GUSTAVO RAMÓN ALMEIDA ÁLVAREZ en contra de .....