Se dictó sentencia interlocutoria mediante el cual este Juzgado declaró IMPROCEDENTE el recurso reclamo, ejercido por el abogado José Araujo Parra, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, por cuanto la experticia consignada fue realizada con base a lo ordenado en el fallo dictado en fecha 28 de Octubre de 2011, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Finalmente, por cuanto el presente pronunciamiento fue realizado fuera de su oportunidad legal, se ordenó la notificación de las partes.