IV
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO ha incoado la ciudadana RITZ SOL MARVAL RIVEROL, contra el MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, todos identificados plenamente en la parte inicial del presente fallo.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena a la demandada, que pague a la parte actora la cantidad de CIENTO DIECINUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. F. 119.780,40), por concepto de indemnización de daños y perjuicios, equivalentes a los cánones de arrendamiento dejados de pagar que van desde el mes de enero de 2008 hasta el mes de noviembre de 2010, ambos inclusive, más los cánones de arrendamiento que se siguieron venciendo hasta.....