este Juzgado Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la demanda incoada por la ciudadana MARÍA EUGENIA COLMENARES LINARES, contra el CENTRO COMERCIAL DE MAYORISTAS LA HORMIGUITA B, C.A. y los ciudadanos EGILDA TAMARA MALDONADO DE BASTIDAS, MAUEL GOMEZ ORNELAS, JOAO DE SOUSA ORNELAS, RICARDO ERNESTO SERNA MAZZINI, LUIS DUARTE, JOSE OSCAR ALTUVE ALARCON, MARIA HERNÁNDEZ, RICHARD ANTONIO AZUAJE RIERA y FRANCISCO JIMENEZ RIVAS,.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
ABG. DIEGO ANTONIO ARAUJO AGUILAR
JUEZ
ABG. MARIO COLOMBO
SECRETARIO