Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Del Carmen Blanco, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha treinta (30) de enero de dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carlos Julio Achique Lopenza, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha treinta (30) de enero de dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo d.....