Por lo antes expresado, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dando cumplimiento al criterio jurisprudencial transcrito ut supra, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil, se declara COMPETENTE PARA CONOCER Y DECIDIR el juicio que por Nulidad de Hipoteca sigue, MRL DE PAGES&CIA, C.A., y la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA ENTRAMBOSRIOS, C.A., contra, PEDRO JOSE LOPEZ MEDINA, y la sucesión del ciudadano GREGORIO THEIS LUGO, en la persona de sus Únicos y Universales Herederos: CELIA LUISA FERRER DE THEIS y/o LARIZA MARIA THEIS FERRER y GREGORIO WLADIMIR THEIS FERRER, ambas partes identificadas en la primera parte de este fallo.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento C.....