SE declara Embargado Ejecutivamente el inmueble antes señalado tanto en la comisión como por el apoderado de la parte actora hasta cubrir la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.319.945,00). En este estado el perito avaluador expone: "Estimo un valor prudencial del inmueble antes señalado en la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs.2.600.000,00).- Seguidamente el Juez Ejecutor coloca los bienes inmuebles embargados ejecutivamente y plenamente identificados en posesión Jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto y ordena fijar a las puertas de los inmuebles carteles de notificación de la medida de embargo ejecutivo y cumplida como ha sido su misión