PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por los abogados ROLANDO ANTONIO CASTILLO y LIBE PEREIRA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 66.354 y 67.317, respectivamente, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YAMILETH KARINA RAMIREZ LANDAETA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-12.374.587, contra la sentencia dictada el diecisiete (17) enero de dos mil trece (2013), por el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE DECRETA LA NULIDAD de la sentencia dictada el diecisiete (17) de enero de dos mil trece (2013), por el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se fija el régimen de convivencia familiar al cual tienen derecho los ciudadanos LUANA EMILIA BRUSCHI .....