En atención a lo expuesto, y luego de una revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que la demanda fue presentada en fecha 16 de junio de 1997, y la misma fue estimada en la cantidad de setecientos seis millones cuatrocientos ochenta y ocho mil novecientos trece bolívares con veintiún céntimos (Bs. 706.488.913,21) equivalente actualmente en la cantidad de setenta millones seiscientos cuarenta y ocho mil ochocientos noventa y un bolívares (Bs. F 70.648.891,00) observándose que para dicha fecha, la cuantía que se exigía para acceder a casación era la que excediera de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00) de conformidad con el Decreto Presidencial N° 1.029, vigente a partir del 22 de abril de 1996 y lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con la sentencia Nº RH.00735 de fecha 10 de noviembre de 2005, expediente Nº 2005-000626, caso Jacques de San Cristóbal Sextón contra .....