DISPOSITIVO
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Declara: Primero: Homologada la Transacción en la demanda por Diferencias de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoada por la ciudadana CARMEN ELICIA REYES, titular de la cédula de identidad Nº V-8.243.252, contra la JUNTA DE CONDOMINIO EL CONDADO., ambos plenamente identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Tercero: Se establece que la presente decisión podrá ser recurrida dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, mediante el recurso de apelación, y en caso de no ejercerse el referido recurso dentro del citado lapso, una vez vencido el mismo, se ordenará e.....