PRIMERO: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana OLGA ELIZABETH REVERÓN MADRID, contra el ciudadano LEONARDO MANUEL MELO REVERON. En consecuencia, se reconoce judicialmente la relación concubinaria entre la ciudadana OLGA ELIZABETH REVERÓN MADRID, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.315.227, y el De Cujus MANUEL FELIPE MELO MOGOLLON, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.416.169, desde el 15 de enero de 1989, hasta el 25 de mayo de 2022.-
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en la litis, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO: Se hace constar que la presente decisión ha sido dictada dentro de la oportunidad legal correspondiente, es decir, el día nueve (09) de los treinta (30) días calen.....