Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Segundo en funciones de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECRETA LA LIBERTAD DEL CIUDADANO GUERRA CEDEÑO JOSE AGRIPINO, identificado arriba, conforme a lo previsto en el ordinal primero del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.