Se dictó Resolución Definitiva mediante la cual se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Revisión de Obligación de Manutención, incoada por la Abogada LEFFY RUIZ MEDINA, actuando en su carácter de Fiscal Centésima Segunda (102°) del Ministerio Público, en interés y resguardo de los derechos y garantías del niño (cuya identidad se omite de conformidad con lo preceptuado en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, NIñas y Adolescentes), a solicitud de su progenitora la ciudadana DANYERI MARISELA HERNANDEZ RUIZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-14.034.033, en contra del ciudadano JAVIER ALEXIS ALTUVE MENA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-13.472.930. En consecuencia, se fija como obligación de manutención la cantidad equivalente al (35.5%) por ciento de un salario mínimo, tomando como base la fijación que del mismo ha hecho el Ejecutivo Nacional, dicha cantidad es de QUINIENTOS BOLIVARES M.....