Por todo lo antes expuesto, esta Corte Superior del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas Sección Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento UNICO: Decretar LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR MUERTE DEL IMPUTADO y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA signada con el N° 1As 748-10 (Nomenclatura de este Despacho), en relación al Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDA) todo de conformidad en lo previsto en los artículos articulo 49 ordinal 1º en concordancia con el numeral 3 del articulo 300 ejusdem, aplicados por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.