Se dictó resolución por medio de la cual se declaran nulas las actuaciones realizadas con posterioridad a la diligencia presentada en fecha 10 de junio de 2014 por la representación judicial de la parte actora, y en consecuencia, se repone la causa al estado de librar boleta de intimación a la defensora judicial de la parte demandada, en la cual se le hará saber a la misma que deberá comparecer dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su intimación, a fin de que pague o acredite haber cancelado las cantidades de dinero especificadas tanto en el libelo de demanda como en el decreto intimatorio. Se ordenó la notificación de las partes.