Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) HOMOLOGADA la referida aceptación por parte del ciudadano ALEXANDER JOSE ANDRADE MONTILLA, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°: V-13.950.056, en su carácter de parte Oferida en la presente causa, debidamente asistido por el ciudadano NOEL MONTILLA, abogado inscrito en el IPSA bajo el Nº. 80.423, del monto ofertado por la parte oferente en la presente causa. Así s e establece.
2°). Igualmente este Tribunal acuerda la entregue la Libreta de Ahorros aperturada a favor del ciudadano, ALEXANDER JOSE ANDRADE MONTILLA, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°: V-13.950.056, para lo.....