DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR por improcedente, lo solicitado por la parte representación judicial de la parte actora, en diligencia de fecha 09-04-2014, mediante la cual pide la notificación de la parte demandada por el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, para la celebración de la audiencia preliminar, es decir, a través de carteles fijados en la cartelera de los Tribunales de este Circuito Judicial del Trabajo. Así mismo, se insta la parte actora a que señale una dirección o el domicilio de la empresa INECO CONSULTORES, C.A, parte demandada en la presente causa, a los fines de practicar su notificación de forma efectiva de conformidad con lo establecido en e.....