En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto por la ciudadano abogado FLAVIO ARTURO TORRES, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo los N° 112.187en su carácter de apoderado judicial de INDUSTRIA ALIMENTICIA NACIONAL DE CEREALES Y HARINAS C.A. (INCARINA C.A.) contra Certificación N° 0011-13, de fecha 14/02/2013 emanado del Dr. José Barazarte Moreno en su carácter de Médico del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL). Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela, Al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral, a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores capital Vargas.