CAPITULO IV
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la APELACION interpuesta por el Banco Bicentenario del Pueblo, de la Clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal C.A. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUIS ALEXIS TERAN MATOS contra el Banco Bicentenario del Pueblo, de la Clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal C.A., ambos identificados, y en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de la suma de SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES SOBERANOS CON 50/100 (Bs.S.6.987,50). Se confirma la sentencia dictada por el a quo. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la demandada y el privilegio de Ley.
Se ordena la notificación mediante oficio de la presente senten.....