Por cuanto de una minuciosa revisión de las actas procesales, el Tribunal pudo constatar, que el Defensor Ad-litem designado en este proceso, Dr. RALLPH PISCHEK WAGNER, aceptó el cargo recaído en su persona y prestó el juramento de Ley, en fecha 12 de Junio de 2006, según consta al folio 103, quedando citado a partir de ese momento para dar contestación a la demanda al segundo (2do) día de Despacho siguiente, procediendo a enviar el telegrama a su representado según consta del recibo que corre inserto al folio 106, en fecha 13 de Junio de 2006 a las 02:01 de la tarde, evidenciándose así mismo, según el acuse de recibo que corre inserto al folio 112, que el telegrama fue entregado en fecha 15 de Junio de 2006, o sea, un día después de la contestación de la demanda, ante esta situación, este Tribunal proclive siempre a garantizar el derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.....