Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA intentada por JOSEFA LOUREIRO DE CASAL e INVERSIONES P.V. 51, C.A. por DESALOJO contra JOHANA NATIVIDAD DOMINGUEZ.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora el inmueble arrendado y constituido por el inmueble identificado con el N° 2 del primer (1er) piso, del Edificio Materiales Santa Fe, ubicado en la Carretera vieja Caracas Baruta, Sector el Guire, en la entrada de la Urbanización Santa Fe Norte, Municipio Baruta del Estado Miranda,
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora los cánones de arrendamiento de los meses de Diciembre de 2009, y Enero a Marzo de 2010, a razón de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,.....