En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción, por la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 120.000,00) en los términos en que fue expuesto otorgando el efecto de cosa juzgada, en consecuencia, se deja constancia que una vez conste en autos el pago acordado, se ordenará el cierre y archivo definitivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
El Juez