Se dictó sentencia declarando Primero: Decretar Medida de Embargo Ejecutivo, sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Dos millones quinientos dos mil ciento cincuenta y siete Bolívares Fuertes con 17/100 (Bs.F. 2.502.157,17), que incluye el doble de la cantidad demandada, más las costas calculadas por este Tribunal en un veinte por ciento (20%); con la advertencia que si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas de dinero, la misma será por la cantidad de Mil quinientos veintinueve mil novecientos noventa y siete Bolívares Fuertes con 32/100 (Bs.F. 1.529.997,32) cantidad esta que incluye la cantidad demandada y las costas calculadas por este juzgado, en un veinte por ciento (20%) de la suma demandada; Segundo: A los fines de la práctica de la medida se ordena librar despacho-comisión al Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (a quien corresponda por distribución).