"(...) Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana LOLA LLI ALBERT, titular de la cedula de identidad número V-5.564.517, contra la entidad de trabajo la UNIVERSIDAD JOSE MARIA VARGAS, partes suficientemente identificadas en autos. 2.- No hay condenatoria en costas al demandante por la naturaleza de la presente decisión. 3. Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy –exclusive.-(...)"