En la presente causa, no puede escapar al análisis de esta Juzgadora, la duración del proceso ¿ que se ha extendido por más de nueve años - el hecho que en este caso están involucradas personas de avanzada edad, la notoriedad judicial de esta tema, los llamados de atención sobre la ejecución del fallo dictada por la Sala Social con fecha 26-07-2005, por lo que considera que la actitud de la empresa ejecutada, retrasa la ejecución de la sentencia, siendo forzoso para esta Juzgadora, imponer una multa a la empresa ejecutada, de conformidad con las previsiones del artículo antes citado, en su límite máximo de SESENTA (60) Unidades Tributarias.