declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MAYRA LUCIA TOVAR, contra la Sociedad Mercantil ALIVA STUMP, C. A. plenamente identificada en autos. Condenándose al pago de Bs. 304.738,60, por concepto de diferencia de prestaciones sociales. SEGUNDO: Se ordena a la demandada a pagar a la accionante la cantidad que resulte de la Experticia Complementaria del fallo por los conceptos señalados en la motiva del mismo. TERCERO: la cantidad total adeudada a la trabajadora por concepto de prestaciones sociales que debió haber recibido al momento de terminar el vinculo laboral, deberá ser sujeta a indexación o corrección monetaria, por lo que se ordena efectuar una experticia complementaria del fallo, la cual será realizada por un solo experto cuya designación la hará el Tribunal Ejecutor, al momento de ejecución de la sentencia definitivamente firme, en tal sentido deberá solicitarse al Banco Central de Venezuela, un informe detallado sobre el índice inflacionari.....