Por todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en uso de las atribuciones que le confiere la ley, ACUERDA:
El enjuiciamiento de IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, por motivos fútiles e innobles y LESIONES PERSONALES GRAVES, previstos en los artículos 406, numeral 1 y 415 del Código Penal, ambos en grado de COOPERADOR INMEDIATO, según lo previsto en el artículo 83, ejusdem, el primero en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de Wolfan Leonardo Caraballo Rosales y el segundo en contra del ciudadano Rafael Simón Rosales Rodríguez, por lo que se intima a las partes para que concurran en el lapso legal al Tribunal de juicio correspondiente.
Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Palacio de Justicia, a objeto de su distribución al Tribunal de Juicio de esta Sección y .....