Por los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra el auto de fecha 11 de junio de 2008 dictado por el Juzgado 25º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró desistido el procedimiento por la incomparecencia de la parte actora a la audiencia fijada para el día 04 de junio de 2007. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado mediante el cual se declaró desistido el procedimiento. No hay condenatoria en costas.