Se dictó sentencia en la cual se declaró SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de abril de 2009, por la ciudadana YARITZA RODRIGUEZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.350.100, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE ARENAS GUANIPA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 73.368, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; en contra del auto dictado en fecha 23 de abril del presente año, por el Juez Unipersonal VI de este Circuito Judicial; SE CONFIRMÓ EL FALLO APELADO, el auto de fecha 23 de abril de 2009, dictado por el Juez Unipersonal VI de este Circuito Judicial; y se declaró extinguida la demanda de Acción Mero Declarativa (Concubinato) interpuesta por la ciudadana YARITZA MARIA RODRIGUEZ OLIVEROS, antes identificada. Igualmente se ordenó la remisión del presente expediente al referido Juez Unipersonal VI de este Circuito Judicial.