Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por el abogado JOSÉ NAVARRO ADEYAN, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MERCEDES OLIVIA OROPEZA de URRIBARRI, en contra del REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA MACARAO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL.
SEGUNDO: DECLINA la competencia en las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso, a las cuales se ordena remitir el presente expediente.