Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Organica Procesal del Trabajo , y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .
El Juez
La Secretaria
Lorena Guilarte
Abog. Eduardo Nuñez
PARTE ACTORA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA