Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por desalojo y daños y perjuicios, ha instaurado la sociedad mercantil MERO CENTRO, C.A contra la ciudadana JENNIBEL BASTIDAS, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada a entregar libre de personas y bienes y sin plazo alguno, el local comercial, distinguido con el No 11, que forma parte del Centro Comercial Mero Centro, C.A, ubicado en la Avenida Baralt, No 14-17, entre las Esquinas de Muñoz a Pedrera, Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA PRESCRIPCION DE LA ACCIÓN con respecto a los cánones de arrendamiento de los meses de Julio y Agosto de 2006.
TERCERO: Se condena a la demandada a pagar por concepto de cánones de arrendamiento adeudados a la actor.....