III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos ROBERT SCHINDLER e ILEANA MARIA RODRIGUEZ VICENTELLI, asistidos por el abogado en ejercicio IVAN RODRIGUEZ VICENTELLI, todos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 20 de Marzo de 2002, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Las Minas, Municipio Baruta del Estado Miranda; cuya acta quedó inserta bajo el No. 06, del Libro de Registro Civil de Matrimonios.
TERCERO: Líbrese oficio a la Jefatura Civil de la Parroquia Las Minas, Municipio Baruta del Estado Miranda y al Registro Principal del Distrito Capital; anexándole a l.....