PRIMERO: CONDENA al ciudadano WILLIAM DAVID CORONEL VÁSQUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 02-05-1972, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la cédula de identidad Nº V-11.551.848 y residenciado en el Barrio Niño Jesús, Primera Calle, Segunda Vuelta El Caracol, casa Nº 31, kilómetro tres, El Junquito, a cumplir la pena de (01) año y nueve (09) meses de prisión, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y ENCUBRIMIENTO DE DELITO tipificados en los artículos 277 y 254 ambos del Código Penal, en relación con los artículos 37, 74 ordinal 4º, 88 Ejusdem, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 367 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo, se le impone de la pena accesoria prevista en el artículo 16 ordinal 1º del Código Penal, referida a la inhabilitación política durante el tiempo de la condena.
SEGUNDO: EXONERA al acusado al pago de las costas procesales a las cuales ha.....