IV. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fechas 27 de marzo del 2014, (f.431) por la abogada SANDRA TIRADO, en su carácter de apoderada judicial de los coherederos del ciudadano SAMUEL HAYON (fallecido), 08 de abril de 2014 (f.435), por la abogada MILAGROS COROMOTO FALCON, en su carácter de defensora judicial del ciudadano ABRAHAM HAYON CHOCRON, y 10 de abril de 2014, (f.437), por el abogado ANTONIO BELLO LOZANO MARQUEZ, en su carácter de apoderado judicial de los coherederos del ciudadano SAMUEL HAYON (fallecido), contra la sentencia definitiva dictada el 28 de mayo de 2012 (f. 221-233), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia
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