Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el apoderado Judicial de la parte ejecutante, abogada Fabiola Nazarett contra el auto de fecha 04 de noviembre de 2008, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha 04 de noviembre de 2008, dictado por el Juzgado in comento; TERCERO: ORDENA al precitado Juzgado, la remisión del presente asunto, a los fines que oiga la apelación (en un solo efecto) interpuesta por la parte demandada, en fecha 30 de octubre de 2008 contra el auto dictado en fecha 27 de octubre de 2008 por el.....