En consecuencia este Juzgado procede a la homologación de el acuerdo de pago contenidos en el escrito de fecha 21 de Octubre de 2010 debidamente suscrito por ambas partes. Este Juzgado ordenara el cierre y el archivo del presente expediente una vez conste en autos la cancelación total de los pagos por parte de la demandada a la parte actora, asi se establece.
EL JUEZ
EDUARDO NUÑEZ C. LA SECRETARIA
Carmen Leticia Romero.