este Tribunal Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos CARLOS EDUARDO PEREZ RUEDA, MILENA MARIELA PEREZ RUEDA, SORAYA MATILDE PEREZ RUEDA y YOMAIRA ELENA PEREZ RUEDA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.278.946, V-6.815.331, V-5.308.067, y V-6.815.330, respectivamente, causahabientes del de cujus CARLOS JOSE PEREZ PACHECO, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad No. V-1.879.113, fallecido Ab-Intestato, en fecha 16 de Octubre de 2014, en la Parroquia Baruta, Municipio Baruta, del Estado Bolivariano de Miranda.