Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por las profesionales del derecho YAMILET ARAUJO y ANGELA GARCIA, en condición de Fiscal Principal y Auxiliar de la Fiscalía Quincuagésima Novena (59) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, según consta del numero de asunto (principal) Nº AP01-S-2010-008465, de fecha 01 de diciembre de 2010, contra la decisión dictada por.....