DECISION
Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos ELIODORO MANUEL JUÀREZ ECHEVERRIA y MIREYA COROMOTO TORREALBA RUIZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-4.424.271 y V-6.134.562, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de La Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia en el acta anotada bajo el Nº 706, del Libro de Registros Civil de Matrimonios del año 1978, llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Asimismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de lo previsto en los artíc.....