DECLARO: "INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos: CLAUDIO A. EPALZA ROVIRA y otros, contra las entidades de trabajo "CORPORACIÓN NACIONAL DE INSUMOS PARA LA SALUD" (CONSALUD) y "CORPORACIÓN VENEZOLANA DE COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA" (CORPOVEX), ambas partes identificadas en esta decisión. 3.2. No proceden costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en esta queja constitucional en atención a lo previsto en el artículo 33 LOSDGC. 3.3.? Se deja constancia que el lapso (03 días de despachos, ex artículo 35 LOSDGC) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día exclusive.-