Por los razonamientos anteriormente expuestos es por lo que esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBILE la apelación interpuesta por la abogada JUDITH JIMÉNEZ GIULIANI, en su condición de víctima, en contra de la audiencia oral para oír al aprehendido celebrada por ante el Juzgado Cuadragésimo Sexto (46°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas el 26 de noviembre de 2009, en la cual, entre otras cosas y a solicitud del Ministerio Público, se decretó la libertad sin restricciones del ciudadano LUIS ALEJANDRO FERNÁNDEZ LÓPEZ.