Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte oferente contra la decisión de fecha veinticuatro (24) de noviembre de dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR LA HOMOLOGACIÓN de la transacción suscrita en la oferta real de pago iniciada por la sociedad mercantil NOVARTIS DE VENEZUELA, S.A., a favor de los ciudadanos AMANDA ANDRADE, MAYERLIN CASTAÑEDA, ANDRISBEL RODRÍGUEZ, ANTONIO URBANO, ELOY RODRÍGUEZ, NAUDY ALMAO, OTTO NAVAS, MAIKER ALVAREZ, CARLOS AMARO, NHORA BALASSONE, YOLANDA MASI, MARÍA DERIZ, TAMARA DURÁN, JO.....