DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Trigésimo Octavo (38º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la impugnación de la demandante y que la sociedad mercantil GARDEN PARK LA CASTELLANA, S.R.L., fondo de comercio denominado CHEZ WONG, le adeuda al ciudadano FELIX ANTONIO QUIROZ, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS QUINCE CON 92/100 Bolívares (Bs. 256.515,92), presentada por el Experto Contable Lic. RAMON MARQUEZ, y revisada por los ciudadanos Auxiliares Revisores Licenciados EDDY LARA y JOSE HERRERA. por las fundamentaciones expresadas en la parte motiva de este fallo, y deberá cancelar a parte actora lo que a continuación se resume:
DESCRIPCIÓN Monto (Bs.) Anticipo/ Dcto Monto (Bs.)
Prestación de Antigüedad 44.2.....