Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por los cónyuges, ciudadanos: SHAKIRA MARQUEZ AGUILAR Y ALEJANDRO FRANCO GORRONDONA, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 18 de marzo de 2005, por Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salías, San Antonio de Los Altos del Estado Miranda.