Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el 27 de octubre del 2006, por el Juzgado de Tercero de Familia con sede en Pereira, República de Colombia, que declaró disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos EDUARDO CASTRILLÓN CALDERÓN y CARMENZA AGUIRRE VÉLEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-17.268.641 y E-81.940.608, respectivamente.
No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Ju.....