Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el profesional del derecho, ciudadano LEOPOLDO MICETT CABELLO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 50.974 en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil DÍA DÍA SUPERMERCADOS C.A., en contra del Acto Administrativo de efectos particulares contenido en La Providencia Administrativa signada con el Nº DIC-19-IA16-0842 y la Certificación Medica N° CAP-2015-0217, con motivo del Accidente de Trabajo que le ocasionó una DISCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE de un 31%.
SEGUNDO: LA INADMISIBILIDAD del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto.....