Se dictó Sentencia Definitiva, mediante la cual se declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la impugnación de la cuantía en que la actora estimó el valor de la demanda. SEGUNDO: SIN LUGAR el alegato de la falta de cualidad de la actora para intentar la demanda TERCERO: SIN LUGAR las Cuestiones Previas alegadas. CUARTO: CON LUGAR la pretensión cumplimiento de contrato de arrendamiento en cuanto a la entrega del inmueble arrendado por vencimiento de la prórroga legal, intentado por la sociedad de comercio INVERSIONES LOS GUASDUALES II, contra la sociedad mercantil NEO GIMNASIO S.A., En consecuencia, Se CONDENA a la parte demandada a hacerle entrega a la actora el bien inmueble arrendado, constituido por el local local Nº 2, que forma parte de un inmueble ubicado en el Boulevard Panteón, entre las esquinas Jesuitas y Tienda Honda, edificio 36, planta baja, parroquia Altagracia, Municipio Libertador, Distrito Capital. QUINTO: SE CONDENA asimismo a la parte demandada a pagarle a la actora la suma de d.....